El sistema de Seguridad Social cerró 2017 con un déficit de 18.512 millones de euros, el equivalente al 1,6% del PIB. Este elevado saldo negativo, asociado solo a las pensiones, en realidad corresponde a todo el componente contributivo del sistema (pensiones, incapacidad temporal, maternidad, paternidad y riesgo por embarazo y otras prestaciones con menor coste), explica más o menos la mitad de todo el déficit de las cuentas públicas en ese ejercicio (3,1% del PIB).
El saldo negativo posiblemente empeorará algo en 2018 después de la última decisión incorporada en el presupuesto de revalorizar las pensiones el 1,6%, salvo que se incorporen nuevos ingresos no recogidos en el presupuesto actualmente en tramitación.
Ante esta situación algunas organizacionses sociales y políticas -sindicatos representativos, PSOE y Unidos Podemos- proponen que los trabajadores coticen a la Seguridad Social por todo su salario eliminando el actual tope que existe como máximo en la base de cotización.
En la actualidad los trabajadores, en realidad solo los de cuenta ajena porque los de cuenta propia deciden en su mayoría cotizar por la base mínima, tienen un tope de salario a partir del cual no cotizan a la Seguridad Social (3.751,26 euros al mes; 45.012,12 euros al año).
Los proponentes de la medida consideran esta situación injusta porque los trabajadores que superan esa renta (algo más de un millón cien mil) están exentos de pagar a la Seguridad Social por su la parte del salario que supera la actual base máxima, es decir, en su opinión “los trabajadores ricos” no aportan lo suficiente al sistema. Así, siguiendo sus argumentos, el denominado “destope de la base máxima” permitiría recaudar casi 7.000 millones adicionales consiguiendo una distribución de renta más justa y mejoras a nivel presupuestario porque la medida no estaría acompañada de una mejora de la pensión máxima.
Un pequeño inciso para decir que los datos aportados por el Ministerio de Empleo (ahora de Trabajo) y Seguridad Social a las dos Comisiones del Pacto de Toledo, parlamentaria y social, limitan los ingresos a 4.470 millones (como es conocido públicamente al haberse filtrado el documento a los medios de comunicación). Bueno, esta reducción de las expectativas no genera mucho problema porque aunque “solo” sean 4.470 millones, sigue siendo una buena aportación a un sistema que necesita dinero nuevo.
En economía ninguna decisión se limita a conseguir una sola cosa sino que habitualmente suele tener bastantes más repercusiones al estar las variables relacionadas. Por este motivo, el sentido común nos lleva a pensar que las consecuencias de destopar la base de cotización no se limitará a mejorar la recaudación de la Seguridad Social (perspectiva parcial) sino que su influencia va más allá. Para ayudar al lector a que alcance sus propias conclusiones sobre esta medida, puede ser interesante aportar algunas reflexiones sobre algunas de las cuestiones que pueden estar asociadas a ella:
1.- El sistema público de pensiones español es de reparto y tiene base contributiva, es decir, la prestación recibida por los trabajadores está relacionada con la aportación realizada por el trabajador durante su vida laboral activa. La actual relación entre la base máxima de cotización y la pensión máxima es del 80 por ciento (se cotiza por 45.012,12 euros y se puede recibir una pensión de 36.031,81 euros) su punto mínimo histórico mínimo (ver gráfico). Estos trabajadores, por tanto, ya colaboran con su solidaridad en el sistema, acompañando el importante efecto positivo de las pensiones mínimas.
La desaparición de la base máxima incrementaría su contribución a la solidaridad hasta un punto que quebraría la contributividad en ese tramo de renta. La única forma de no incurrir en este efecto incoherente con la actual esencia del sistema (utilizando el criterio de considerar las cuotas como salario diferido y no como un impuesto), sería aumentar la pensión máxima. Pero claro, en ese caso, se perdería el objetivo de sanear financieramente el sistema de pensiones al aumentar a la vez y en un mismo grado, sus ingresos y gastos.
2.- La cotización a la Seguridad Social en concepto de contingencias comunes es de un 28,3 por ciento de la base de cotización (hay cuotas adicionales en concepto de desempleo, formación y FOGASA hasta llegar al 35,35 por ciento), distribuida en un 23,6 por ciento como cuota del empleador y 4,7 por ciento como cuota del trabajador. El total de la cuota obtenida se considera remuneración del trabajador en términos de distribución factorial de la renta, es decir es propiedad del trabajador, pero la cuota del empleador forma parte del coste laboral asumido por la empresa por la contratación de sus empleados. El destope de la base máxima significa que las empresas verán encarecido en un 23,6 por ciento el coste de utilizar estos trabajadores, en teoría los que ocupan puestos de trabajo con mayor valor añadido, por cada euro que supere los 45.012,12 euros anuales. A su vez el trabajador vería aumentada su aportación en un 4,7 por ciento, es decir, reducida su renta disponible en ese porcentaje, sin obtener ninguna mejora en la futura pensión a percibir.
La comparación con los países de la Zona Euro no lleva a pensar en la necesidad de hacer desaparecer la base máxima de cotización. Más allá de realizar la comparación de la cuantía de la cuantía en términos nominales en los diferentes países sin tener en cuenta las diferencias en los salarios generadas por la mayor productividad, con los datos publicados por Eurostat, el peso de la cuota del empleador en relación con el PIB en España es ligeramente superior a la media de la Zona Euro (0,3% del PIB) y, sin embargo, es en la cuota del trabajador donde se recauda bastante menos (-3% del PIB). El excesivo comparado del peso de la cuota del empleador es todavía mayor si se hace la cuenta en términos unitarios por la mayor tasa de desempleo española.
A partir de esta situación, si España quisiera parecerse a esa referencia media debería bajar la primera y subir mucho la segunda con capacidad de cubrir con creces el actual déficit pero con la consiguiente pérdida de renta disponible de los trabajadores ocupados.
A partir de esta situación, si España quisiera parecerse a esa referencia media debería bajar la primera y subir mucho la segunda con capacidad de cubrir con creces el actual déficit pero con la consiguiente pérdida de renta disponible de los trabajadores ocupados.
Conocida esta situación comparada con los socios europeos con los que compartimos un buen porcentaje de las relaciones comerciales, es posible pensar que algunas empresas españolas tienen tantos beneficios que podrán absorber ese mayor coste, pero también hay que contar con que algunas o muchas de ellas, no puedan hacerlo, y entonces tengan que elegir entre las decisiones posibles para mantener sus costes laborales. Se me ocurren las siguientes:
- Pactar con los trabajadores afectados una reducción de su salario monetario para compensar parcial o totalmente, con el consiguiente desincentivo de éstos al ver reducida su remuneración en nómina.
- Trasladar a los trabajadores con menos cualificación ese mayor coste, parcial o totalmente, reduciendo sus salarios. Esta opción, posible porque estos trabajadores tienen menor poder dentro de la empresa debido al tipo de trabajo que realizan, echaría por tierra el objetivo redistributivo de la medida consiguiendo el objetivo contrario.
- Ajustar su plantilla reduciendo el empleo y reforzando si es posible la sustitución de trabajo por máquinas. De ser así, la recaudación por cuotas se reduciría en un porcentaje que podría ser incluso superior al incremento conseguido inicialmente.
3.- El hecho de considerar las cuotas salario diferido -la prestación se recibe por el pago realizado- es coherente con su instrumentación proporcional, es decir, con un tipo único con independencia de la renta. Desde esta perspectiva no cabe atribuir un valor regresivo a las cotizaciones sociales, sobre todo cuando los salarios inferiores tienen una tasa de reposición más elevada. Por otra parte, la doctrina fiscal más contrastada señala a los impuestos como el instrumento más adecuado para conseguir redistribuir la renta, ya sea con su estructura o mediante las políticas de gasto que se financian con ellos.
A corto plazo, el sistema de Seguridad Social necesita equilibrar sus cuentas utilizando un periodo de tiempo adecuado a la magnitud del déficit y el proceso de saneamiento de las cuentas públicas. Para ello debería combinar un progresivo aumento de sus ingresos con una evolución del gasto acomodada a ese objetivo que recoja una distribución equilibrada de los esfuerzos entre los pensionistas. A la vista de las posibles consecuencias enumeradas en esta entrada utilizando una visión un poco más global de los posibles impactos en la economía española, la medida de “destopar la base de cotización” puede que no sea precisamente una buena idea y se puede convertir en un atajo que termine con más efectos negativos que positivos para el sistema de pensiones y la sociedad española.
El largo plazo es otra historia que merece futuras entradas en este blog.
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